¿Qué Hacer ante una Carta de Despido?

Cuando una empresa decide prescindir de un trabajador debe seguir el Estatuto de Trabajadores y formalizarlo por medio de un documento escrito llamado “carta de despido”. Si algo durante este proceso fallara, podríamos decir que nos encontramos ante un despido improcedente o nulo.

Ante tal situación es necesario tener clara alguna información como la que presentamos a continuación para poder actuar correctamente y evitar problemas legales. Por desgracia un tema de actualidad, sobretodo con la situación de ERTE que atravesamos actualmente.

CARTA DESPIDO

¿Qué es una carta de despido?

Una carta de despido es un documento oficial en el que una empresa comunica a un trabajador el cese de la relación laboral la fecha de efectos del mismo y los motivos del despido. Que es muy diferente a si es el propio trabajador quien decide abandonar la empresa comunicándolo con una carta de baja voluntaria.

Según el artículo 52 del Estatuto General de Trabajadores, el despido es una decisión unilateral por parte del empresario en la que además de esa carta de despido, el empleado debe recibir el finiquito correspondiente y una indemnización si procede.

Contenido de una carta de despido

La Legislación Laboral exige que la carta de despido se entregue por escrito con una información mínima que sirve para informar las causas del despido, entre las que figurar:

  • Los datos de la empresa.
  • El nombre del trabajador.
  • Fecha en la que se comunica el despido.
  • Fecha en la que el despido se lleva acabo.
  • La causa clara y concisa por la que se ha llevado a cabo el despido, ya que si no fuera así podría considerarse un despido nulo.
  • Firma y sello de la empresa.
  • Firma del trabajador.
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Si la razón del despido fuera por causas objetivas, se deberá incluir el importe de la indemnización a razón de 20 días por año trabajado además de la que debe entregarse en ese momento. En caso de que no pudiera darse por falta de solvencia debería quedar reflejado en la carta de despido o de lo contrario se consideraría como un despido improcedente.

Cómo se entrega una carta de despido

Al ser un documento imprescindible para el despido, la carta de despido debe entregarse de las siguientes formas:

  • En mano al mismo trabajador y si este se niega, se deberá llamar al representante legal de los trabajadores para que quede constancia.
  • Por medio de burofax con acuse de recibo y certificación del contenido.
Nota: La negativa de recepción de la carta por parte del empleado no le aportaría ninguna ventaja, ya que el empresario ha cumplido con su obligación y no ha cumplido ninguna infracción.

¿Debo firmar una carta de despido? ¿Qué pasa si no lo hago?

La carta de despido no es una aceptación del despido, sino, una confirmación de que se ha notificado, por lo que si se niega a firmarla perderá el derecho a tener una copia en la que se detallan todos los datos del proceso y no será posible denunciar la situación en un juzgado.

Por lo tanto, una vez que el trabajador haya recibido la carta, aun si hubiera habido algún error por parte del empresario, lo más conveniente es que la firme y se quede con una copia de la misma. A partir de ese momento, el afectado tendrá un plazo de 20 días hábiles para llevar el caso a un tribunal y solicitar la improcedencia o nulidad del despido.

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Lo que no es recomendable hacer si no se está conforme con la decisión, es firmar un acuerdo transaccional del despido. Esto es un acuerdo de ambas partes de aceptación del despido bajo unas condiciones que imposibilitaría acudir a un tribunal a no ser que se demuestre que se hizo mediante un engaño.

¿Debo recibir un finiquito?

El finiquito es un documento que se entrega junto a la carta de despido en caso de que la empresa debiera al trabajador algún importe o concepto hasta la fecha del despido.

Este documento solo se debería firmar tras el ingreso de la cantidad acordada, pero si no se está conforme con tal cantidad, en ese caso lo mejor es no firmarlo o firmarlo con disconformidad. Ante esta situación, el exempleado debe contactar con asesores para reclamarlo.

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